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Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, pura pantomima.22 Apr 14 - 16:49 Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, pura pantomima. Diez meses han pasado desde que Francisco Reinoso defensor del ciudadano en nuestra ciudad, entregara las llaves, consecuencia del cansancio, las trabas y oscurantismo del Gobierno Municipal, aunque la eliminación de ésta figura ya había sido anunciada por dicho Gobierno amparándose burdamente en la Ley de Grandes ciudades y en la creación de la Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones para quitarse de en medio una figura molesta para ellos. Sí, diez meses han pasado ya desde que se fue Paco Reinoso, cansado de trabas, obstáculos y oscurantismos y con él, una figura molesta al poder municipal; figura que tanto la Resolución 80 (1999) y la Recomendación 61 (1999), adoptadas por el Congreso de los Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa, recomendaban a las autoridades europeas regionales y locales la creación de estas figuras, en sus corres- pondientes niveles territoriales para contribuir a mejorar la protección de los ciudadanos y las minorías, el respeto a sus derechos, la gestión de los asuntos públicos y el funcionamiento de estas Administraciones, la Federación Española de Municipios valoraba positivamente la aparición de estas figuras por lo que representan de signo de progreso social y consolidación de una cultura democrática y el Gobierno Municipal se cargo amparándose en la creación de la Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones recogida en el articulo 132 de la Ley de grandes ciudades. Desde Iniciativa Progresista Jerezana, queremos saber que ha ocurrido con la Comisión especial de sugerencias y reclamaciones recogida en el artículo 132 de la ley de Grandes Ciudades cuya organización y funcionamiento se regiría por el artículo 123-1 d del Reglamento Orgánico Municipal y excusa utilizada para cargarse al defensor del ciudadano y con él, trasparencia democrática en nuestro ayuntamiento, porque en dicho articulo 132 de la Ley de Grandes ciudades no dice nada de cargarse la figura del defensor del ciudadano que puede perfectamente ser dos organismos de mutuo apoyo y dar una sobredosis de trasparencia, hoy tan necesaria en nuestra sociedad cansada del oscurantismo de la política. Para IPJ nos parece lamentable la actuación de este gobierno municipal que brilla por su falta de trasparencia, hemos esperado un tiempo prudencial para ver el trabajo que realiza esta comisión especial y al igual que otras comisiones u observatorios creados en legislaturas pasadas y que han funcionado, ahora solo les queda el nombre y no tienen movimiento, no se convocan, no sirven para nada, todo consecuencia de la política caciquil oscurantista de este gobierno municipal del PP. IPJ queremos saber y por ello preguntamos públicamente: ¿Cuantas veces se ha reunido esta comisión especial? ¿Que temas han tratado? ¿Cuáles han sido las soluciones dadas? Y lo hacemos públicamente porque si tenemos que esperar que la señora alcaldesa o alguno de sus concejales nos conteste a estas preguntas, nos ocurre como con la reunión que desde hace más de ocho meses le tenemos solicitada mediante registro municipal para tratar diferentes temas de la ciudad y que hasta la fecha, solo hemos obtenido la callada por respuesta, consecuencia de la soberbia del poder y la falta de trasparencia que tiene sometido a nuestro ayuntamiento este des-gobierno municipal de políticas rosas de papel cuche. Como podéis ver posteriormente en el artículo 132 de la Ley de grandes ciudades no existe incompatibilidad entre la figura del defensor del Ciudadano y esta comisión especial de sugerencias y reclamaciones y podía haber sido dos organismos complementarios. Artículo 132 Defensa de los derechos de los vecinos 1. Para la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal, el Pleno creará una Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones, cuyo funcionamiento se regulará en normas de carácter orgánico. 2. La Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones estará formada por representantes de todos los grupos que integren el Pleno, de forma proporcional al número de miembros que tengan en el mismo. 3. La citada Comisión podrá supervisar la actividad de la Administración municipal, y deberá dar cuenta al Pleno, mediante un informe anual, de las quejas presentadas y de las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales, con especificación de las sugerencias o recomendaciones no admitidas por la Administración municipal. No obstante, también podrá realizar informes extraordinarios cuando la gravedad o la urgencia de los hechos lo aconsejen. 4. Para el desarrollo de sus funciones, todos los órganos de Gobierno y de la Administración municipal están obligados a colaborar con la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones. |
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